Asesoría en Pensión ISSSTE e IMSS
¿Eres trabajador del Estado, ya te jubilaste o cotizaste en ambos sistemas? Te ayudamos a entender tu régimen, calcular tu monto y explorar si tienes derecho a una doble pensión.
¿Bajo qué régimen te pensionarás?
La reforma de 2007 creó dos caminos diferentes para los trabajadores del Estado. Identificar el tuyo es el primer paso.
Décimo Transitorio
Régimen Anterior- Cotizabas antes del 1 de abril de 2007
- Pensión basada en tu sueldo básico
- Hasta el 100% de tu último salario
- Jubilación por años de servicio (28-30 años)
- Pensión vitalicia
Generalmente ofrece mejores condiciones para la mayoría de los trabajadores anteriores a 2007.
Ley 2007 — Cuentas Individuales
Nuevo Sistema- Elegiste migrar al nuevo sistema en 2007
- Ingresaste después de abril de 2007
- Pensión basada en tu ahorro acumulado
- Cuenta individual en PENSIONISSSTE
- 65 años + 25 años de cotización (vejez)
Si migraste al nuevo sistema, recibiste un Bono de Pensión que reconoce tus años anteriores.
¿Cotizaste en ISSSTE y también en IMSS?
Miles de trabajadores han laborado tanto en el sector público como en el privado. Si es tu caso, podrías tener derecho a recibir dos pensiones independientes.
Sistemas
ISSSTE + IMSS
Pensiones
Posibles para ti
Estrategia
Personalizada
Transferencia y Portabilidad
Si cotizaste en el ISSSTE durante algún tiempo y también acumulaste semanas en el IMSS, existen convenios de portabilidad que permiten transferir o reconocer periodos de cotización entre ambos institutos. Esto puede ser clave para cumplir los requisitos de pensión en uno o ambos sistemas.
Cada caso es diferente. La estrategia correcta depende de tus años de servicio, semanas cotizadas, regímenes y edad. Te ayudamos a evaluar todas las opciones para que obtengas el máximo beneficio posible.
Evaluar Mi Caso¿Cómo te Ayudamos?
Convertimos un trámite complejo en pasos claros hacia tu pensión ISSSTE.
Diagnóstico Integral
Analizamos tu hoja de servicio, años cotizados, régimen (Décimo Transitorio o Ley 2007), sueldo básico y proyectamos tu pensión ISSSTE. Si también cotizaste en el IMSS, revisamos tu historial completo en ambos sistemas.
Análisis de Portabilidad
Evaluamos si puedes transferir periodos de cotización entre ISSSTE e IMSS. Determinamos si cumples requisitos para doble pensión y calculamos los montos estimados de cada una para que tomes decisiones informadas.
Estrategia Personalizada
Diseñamos tu ruta óptima: cuándo pensionarte, bajo qué modalidad, qué documentos preparar y cómo maximizar tus beneficios. Preparamos toda tu documentación para que el trámite sea exitoso a la primera.
Trámite y Resolución
Te acompañamos durante todo el proceso de solicitud ante el ISSSTE (y ante el IMSS si aplica) hasta que recibas tu resolución de pensión y el primer pago. Sin sorpresas ni demoras innecesarias.
Preguntas Frecuentes sobre Pensión ISSSTE
Todo lo que necesitas saber sobre tu pensión como trabajador del Estado.
El Décimo Transitorio es un artículo de la reforma a la Ley del ISSSTE de 2007 que protege los derechos de los trabajadores que ya cotizaban antes de esa fecha. Si elegiste el régimen del Décimo Transitorio (o no elegiste y quedaste por defecto), tu pensión se calcula con las reglas anteriores: se basa en tu último sueldo básico y los años de servicio, pudiendo alcanzar hasta el 100% de tu salario.
El Décimo Transitorio aplica a quienes cotizaban antes de la reforma de 2007 y conservaron las reglas anteriores (pensión basada en sueldo básico y años de servicio). La Ley 2007, o sistema de cuentas individuales, aplica a quienes eligieron migrar al nuevo sistema o ingresaron al servicio público después de 2007. En este caso, la pensión depende del ahorro acumulado en tu cuenta individual de PENSIONISSSTE, similar al sistema de Afores del IMSS.
Bajo el Décimo Transitorio: para jubilación necesitas entre 28 y 30 años de servicio (mujeres 28, hombres 30). Para pensión por edad y tiempo de servicios, necesitas al menos 15 años de servicio y 55 años de edad. Bajo la Ley 2007: necesitas 25 años de cotización y 65 años de edad para pensión de vejez, o 60 años para cesantía.
Tu pensión se calcula sobre tu sueldo básico de cotización promedio del último año de servicio. El porcentaje varía: con 15 años recibes el 50% y va incrementando 2.5% por cada año adicional hasta alcanzar el 100% con 30 años de servicio. Además recibes un aguinaldo anual equivalente a 40 días de pensión.
Sí, siempre que hayas acumulado los años de cotización necesarios. Si dejaste de trabajar en el sector público pero cumples con los requisitos de edad y tiempo de servicio, puedes solicitar tu pensión. Es importante que no hayas retirado el total de tus recursos de la cuenta individual. Te asesoramos para verificar tu situación y encontrar la mejor estrategia.
Sí, es posible. Si cotizaste en ambos sistemas (ISSSTE e IMSS) y cumples los requisitos de cada uno, puedes tramitar ambas pensiones de forma independiente. Además, existen convenios de portabilidad que permiten transferir periodos de cotización entre ambos institutos para cumplir requisitos. Te asesoramos para evaluar tu caso y diseñar la mejor estrategia para maximizar tus beneficios.
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